SECRETARÍA EJECUTIVA DEL SISTEMA ANTICORRUPCIÓN DEL ESTADO DE QUINTANA ROO


La Secretaría Ejecutiva tiene por objeto fungir como órgano de apoyo técnico del Comité Coordinador Estatal, a efecto de proveerle la asistencia técnica así como los insumos necesarios para el desempeño de sus atribuciones, establecidas en la fracción III del artículo 161 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo el artículo 161 y la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de Quintana Roo, por lo cual, contará con una estructura operativa para la realización de sus atribuciones, objetivos y fines, y por lo tanto, la Legislatura del Estado deberá asignarle año con año el presupuesto suficiente para el ejercicio integral de sus funciones.

El patrimonio de la Secretaría Ejecutiva estará integrado por:

I. Los bienes que le sean transmitidos por el Gobierno Estatal para el desempeño de sus funciones;
II. Los recursos que le sean asignados anualmente en el Presupuesto de Egresos del Estado, y
III. Los demás bienes que, en su caso, le sean transferidos bajo cualquier otro título.

Para su organización y funcionamiento, se regirá por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de Quintana Roo, su Estatuto Orgánico y las demás disposiciones jurídicas que le sean aplicables.


Misión

Fungir como órgano de apoyo técnico del Sistema Anticorrupción del Estado de Quintana Roo, a efecto de proveerle asistencia técnica, así como los insumos necesarios para el desempeño de sus atribuciones establecidas en el artículo 161 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo y la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de Quintana Roo.

Visión

Ser una institución que contribuya a la consolidación del Sistema Anticorrupción del Estado de Quintana Roo y al diseño, promoción, implementación y seguimiento de políticas públicas encaminadas a la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción, así como a la fiscalización y control de recursos públicos.



  • La Secretaría Ejecutiva, a través de sus unidades administrativas, dará cumplimiento entre otras, a las obligaciones de transparencia a que se refieren los artículos 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Quintana Roo y las demás disposiciones aplicables; así como observar las prescripciones en materia de protección de datos personales en Posesión de Sujetos Obligados y en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados para el Estado de Quintana Roo.

    Cada Dirección tendrá un titular que será denominado Director y ejercerá las facultades que determine el Estatuto Orgánico.

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